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En la actualidad somos una de las empresas más reconocidas en la Región Huánuco, contando con una flota de ómnibus de los más modernos del Perú, permitiendo asegurar la total satisfacción y seguridad de nuestros clientes.

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CLAUSULAS GENERALES DE CONTRATACION DEL SERVICIO DE VIAJE


La adquisición de un boleto de viaje en Bahía Continental SAC, implica el total conocimiento y aceptación de las condiciones que especificamos a continuación:

1. El Boleto de Viaje es personal y transferible, conforme a ley, siendo el único comprobante válido para a viajar, en la fecha y hora impresa. .
2. El Pasajero es responsable de verificar los datos consignados en el Boleto de Viaje, al momento de adquirirlo.
3. El Pasajero deberá presentarse 30 minutos antes de la hora de salida del Bus, para entregar su equipaje y una hora antes para canjear su e-ticket. Una vez salido el Bus no habrá lugar a postergación, cambio de nombre o razón social, ni devolución de dinero.
4. Para Boletos de viaje adquiridos por Internet sólo se aceptarán postergaciones o cambios anteriores a las 24 horas de haberse realizado la compra y hasta 4 horas antes de la salida del bus, solo postergaciones, tiempo necesario para la validación de la transacción por parte de las pasarelas de pago (Visa, Mastercard, etc).
5. Se aceptarán cambios y postergaciones en forma presencial y de manera telefónica solo postergaciones (indicando el número de boleta o factura de viaje), solo hasta 4 horas antes de Ia hora de viaje, impresa en el boleto. En caso de un incremento en la tarifa, ésta sujeto a un reintegro. Cuando él titular no puede acercarse a la agencia, podrá enviar a una persona tercera persona a realizar el cambio o postergación, con una solicitud simple adicionando la copia del DNI del titular y el boleto de viaje respectivo.
6. No se permitirá el embarque y/o desembarque en puntos diferentes al registrado en el Boleto de Viaje. Nuestros servicios realizan escalas comerciales en la ruta de acuerdo a la autorización del MTC.
7. En el embarque, el Pasajero deberá presentar su Boleto de Viaje y doc. de identidad De acuerdo a la Ley 27337, los menores de edad que viajen solos o en compañía de un adulto que no sean sus padres deben presentar permiso notarial de viaje de cualquiera de sus padres. El cliente acepta que es requisito indispensable la presentación del permiso notarial original para la compra del boleto de viaje y al momento del embarque del menor de edad que viaja sin acompañamiento de cualquiera de los dos padres. Caso contrario, no podrán viajar y perderán el valor de su Boleto de Viaje.
8. Los niños a partir de los cinco años de edad pagan Boleto de Viaje completo, los menores de cinco años que no paguen Boleto de viaje no tienen derecho a asiento ni Refrigerio si lo hubiera.
9. El Pasajero no podrá viajar bajo la influencia de alcohol y/o estupefacientes; o cuando su estado de salud visiblemente no sea adecuado para viajar (salvo presentación de un certificado médico), perdiendo el valor total del Pasaje.
10. El pasajero está prohibido de abordar el bus con armas de fuego o elementos punzo cortantes, así como materiales inflamables, explosivos, corrosivos, venenosos o similares. Es obligación del pasajero permitir y dar todas las facilidades al personal de la empresa para que efectúe la revisión de su equipaje de mano y de su persona. D.S. 017-2009 MTC. Asimismo, los Pasajeros con Licencia de la DICSCAMEC, deberán brindar la facilidad para que el arma sea descargada, embalada y enviada en la cabina de conductor.
11. Si la Empresa suspende la prestación de sus servicios se postergarán los boletos, pudiendo el usuario realizar el viaje dentro de los 60 días contados a partir de la fecha inicial de viaje.
12. En caso de presentarse alguna eventualidad en el lugar de origen o durante el viaje, que impida la prestación del servicio, la Empresa realizará el transbordo en unidades estándar (propias o terceras.) Si por causas ajenas la Empresa se ve imposibilitada de hacer el transbordo se reembolsará el monto equivalente al tramo de viaje no recorrido.
13. El pasajero tiene derecho a transportar hasta 20 kilos de equipaje, exclusivamente maletas, maletines y bolsos con artículos de uso personal (art. 2° D.S. 016-2006-EF - Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa) sin costo alguno. El exceso será admitido si la capacidad del ómnibus lo permite, previo pago de la tarifa vigente. El derecho de transportar equipaje aplica sólo para pasajeros que ocupen asiento. Es responsabilidad del pasajero la custodia de sus equipajes de mano en el salón del bus, así como del retiro de sus equipajes de la bodega del bus inmediatamente después de desembarcar, la empresa no se responsabiliza por los equipajes que no han sido declarados para custodia.
14. El pasajero cuenta con la cobertura de la póliza de seguro obligatorio (SOAT) contratada por la Empresa.
15. No está permitido el transporte de animales vivos en la cabina de pasajeros.
16. El retraso en el servicio generado por caso fortuito o fuerza mayor, no genera responsabilidad a la Empresa por los daños o perjuicios que estas demoras puedan ocasionar al pasajero.